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Tramites y solicitudes


A continuación podrá encontrar la información correspondiente a diferentes procesos y solicitudes en caso de requerir mayor información puede contactar con:

 

Pamela Chacón Sánchez

Encargada de Asuntos Estudiantiles
Correo electrónico: aestudiantiles.edufi@ucr.ac.cr

Teléfono: 2511-2939.


La Oficina de Becas y Atención Socioeconómica de la Universidad de Costa Rica, es la entidad administrativa que tiene como propósito garantizar oportunidades entre los estudiantes de escasos recursos económicos para realizar estudios universitarios mediante un sistema solidario de becas y atención socioeconómica, y que permita las condiciones para la permanencia y graduación en la Universidad. Este sistema abarca el otorgamiento de becas a la población estudiantil para cursar estudios de pregrado, grado y posgrados financiados con fondos corrientes.

https://becas.ucr.ac.cr/

Los estudiantes pueden solicitar los siguientes trámites:

- Constancia de estudio.

- Solicitud de programas de curso para convalidación en universidades nacionales o extranjeras.

- Constancia de acreditación de carrera y similares.

- Constancia de categoría para concursos laborales en el Servicio Civil.

Las constancias se pueden solicitar en la ventanilla de asuntos estudiantiles de la escuela.

Horario de lunes a viernes de 8:00am a 12:00md y de 1:00pm a 5:00pm.

También puede realizar la solicitud través del correo: aestudiantiles.edufi@ucr.ac.cr



Cuando un estudiante requiera convalidar una materia cursada en la Universidad de Costa Rica, por otra que pertenezca al plan de estudios del Bachillerato en Ciencias del Movimiento Humano, deberá presentar una carta de solicitud en la dirección de la Escuela para realizar el estudio correspondiente.



Todos los semestres la escuela realiza un concurso para otorgar horas a los estudiantes que deseen colaborar en los cursos tanto prácticos como teóricos, previamente designados por la dirección.

A continuación se indican los requisitos necesarios para realizar horas asistente:

- Haber aprobado primer año de carrera.

- Consolidar matrícula mínima de 9 créditos. Para designaciones en el III ciclo lectivo, se tomaría en cuenta la carga académica consolidada del ciclo lectivo anterior.

- Un promedio ponderado anual igual o mayor a 7,5

- Haber aprobado el curso en el que se va a prestar la colaboración.

- Haber llenado la solicitud adjunta.



Los estudiantes interesados en matricular un curso por modalidad de tutoría deben realizar una carta de solicitud a la dirección de la escuela (en fechas previamente informadas). La solicitud debe justificar el interés de matricular un curso bajo esta modalidad, debidamente firmada por el interesado e incluir el visto bueno del profesor que les brindará el apoyo durante el ciclo de estudio

Importante: No se podrá solicitar por tutoría cursos abiertos de manera regular en un ciclo lectivo

Requisitos para matricular tutoría:

- Estar empadronado, y en condición activa, en la carrera que imparte el plan de estudios al que pertenece el curso por matricular.

- Estar al día con las obligaciones financieras estudiantiles.

- Que el curso por matricular pertenezca al plan de estudios de la carrera de empadronamiento.

- Tener aprobados los requisitos académicos de la (las) asignatura(s) por matricular.

- Que el curso por matricular no se encuentre registrado por suficiencia u otra modalidad en el mismo ciclo lectivo.

Referencia: Reglamento de Estudio Independiente, UCR



Los estudiantes interesados en matricular un curso por modalidad de suficiencia deben realizar una carta de solicitud a la dirección de la escuela (en fechas previamente informadas). La solicitud debe justificar el interés de matricular un curso bajo esta modalidad, debidamente firmada por el interesado e incluir el visto bueno del profesor que les brindará el apoyo durante el ciclo de estudio.

Importante: Se realiza solicitud de suficiencia solo si posee los conocimientos necesarios para aprobar dicho curso, no se autorizan solicitudes de este tipo para asistir a clases presenciales (aplica para cuando un curso está abierto de manera regular)

Requisitos para matricular suficiencia:

- Estar empadronado, y en condición activa, en la carrera que imparte el plan de estudios al que pertenece el curso por matricular.

- Estar al día con las obligaciones financieras estudiantiles.

- Que el curso por matricular pertenezca al plan de estudios de la carrera de empadronamiento.

- Tener aprobados los requisitos académicos de la (las) asignatura(s) por matricular.

- Que el curso por matricular no se encuentre registrado por tutoría u otra modalidad en el mismo ciclo lectivo. Se exceptúa de este caso al estudiantado que haya realizado retiro de matrícula.

- Que la matrícula del curso se realice por primera vez, bajo el mecanismo por suficiencia.

La población estudiantil podrá aprobar, como máximo, por suficiencia el 50% de los cursos de su carrera, sujeto a lo que establezca cada unidad académica.

Referencia: Reglamento de Estudio Independiente, UCR



Según el artículo 27 del Reglamento de Régimen Académico Estudiantil, la interrupción es la pausa autorizada total o parcial de los cursos, por un periodo mínimo de un semestre y máximo de un año calendario, prorrogable, en casos justificados, hasta por un año más. Se concede la IT cuando medien causas de fuerza mayor debidamente comprobadas.

Procedimiento para solicitar interrupción de estudio:

- Realizar una carta a la dirección de la escuela, en la que explique el motivo por el cual no puede continuar con sus estudios, especificar si es una interrupción total o parcial, así como indicar la fecha exacta en que solicita la interrupción, y en qué momento se desea reincorporar. Para tal efecto, debe presentar la documentación necesaria que respalde la solicitud.

- Los cursos matriculados se consignarán con un IT ó ITP, el cual se modificará por la nota obtenida una vez que se haya reincorporado. NO SE DEBE MATRICULAR NUEVAMENTE LOS CURSOS QUE APARECEN CON IT ó ITP.

En caso de requerir una prórroga de la interrupción debe presentar nuevamente la solicitud, al menos una semana antes de que finalice la primera interrupción.

Importante: Se autorizará una interrupción parcial sólo para algunas de las siguientes situaciones:

- Condiciones de salud que ameriten una menor carga académica (presentar comprobante de salud que indique específicamente que debe llevar una carga académica menor a la matriculada inicialmente).

- Situaciones en que el estudiante debe trabajar para aportar económicamente a su grupo familiar (constancia del patrono, se debe indicar la fecha exacta en que comenzó a laborar).



De acuerdo con el artículo 2, inciso i del Reglamento para el reconocimiento y equiparación de estudios realizados en otras instituciones de educación superior, equiparación se define como la equivalencia de cursos aprobados en otras instituciones de educación superior por cursos dentro del plan de estudios vigente en una carrera de la Universidad de Costa Rica.

El trámite de equiparación de cursos estatales debe gestionarlo en el área de Reconocimientos de la Oficina de Registro. Para mayor información puede revisar el siguiente en lace https://ori.ucr.ac.cr/reconocimientos